Evaluación del estado del inmueble, realizada a partir de un levantamiento en terreno, identifica destrucción de infraestructuras y robo de materiales originales, configurando un daño patrimonial significativo.

Aunque el anhelo de Alta Cruz es dar vuelta la página y concentrarse en el futuro, para su representante legal Luis Retamal ver el estado actual en que se encuentra el Teatro Centenario es difícil.

Y si bien con la empresa local Rent Light ya existe un acuerdo formal para alojar un bulevar gastronómico y una galería de arte, argumentan que es harto el trabajo que se debe realizar en su interior. Esto, porque un informe técnico ratificó un fuerte deterioro y daños intencionales en su interior.

«El inmueble se recibe en un estado general de conservación deficiente a crítico, presentando daños graves y generalizados, producto de un desmantelamiento intencional, demolición parcial de recintos, destrucción de instalaciones y actos de vandalismo, sin cumplir con condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad ni operatividad. Las afectaciones observadas exceden ampliamente el desgaste normal por uso, comprometiendo tanto la funcionalidad como el valor arquitectónico y patrimonial del edificio», señala el informe.

Este levantamiento técnico fue desarrollado por el arquitecto Franco Toro Bertolla, quien acompañó al personal judicial y a los representantes de Inversiones Alta Cruz en el cumplimiento del desalojo, ordenado por el 2º Juzgado de Letras de La Serena.

Entre los múltiples daños constatados destaca la sustracción de piezas originales del edificio, incluyendo los pasamanos de las escalinatas y varias puertas interiores, constituyendo.

«Una pérdida relevante de componentes arquitectónicos propios del edificio, los cuales forman parte de su carácter histórico y patrimonial». En tanto, el escenario principal fue totalmente desmantelado, constituyendo una «afectación grave de la funcionalidad escénica y del valor cultural y patrimonial del inmueble».

El autor del documento concluye que «el inmueble es recibido en un estado severamente deteriorado, con daños que exceden de forma evidente el desgaste normal por uso, configurando un daño patrimonial significativo que requiere una evaluación técnica especializada, levantamiento de presupuestos de recuperación integral y la adopción de medidas legales pertinentes. De acuerdo con lo observado, se evidencia una clara intencionalidad de provocar daños al inmueble, los cuales resultan injustificados, desproporcionados y ajenos a cualquier acción razonable orientada exclusivamente a la recuperación de bienes muebles de propiedad del arrendatario anterior».

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