Por Joaquín López Barraza

En medio de las dudas que se han instalado por la circulación de camiones aljibe y el origen del agua que transportan, la Dirección General de Aguas (DGA) entregó precisiones sobre los requisitos legales que debe cumplir una captación para considerarse regular y el estándar mínimo de información que permite iniciar una fiscalización cuando existe sospecha de extracción no autorizada.
El organismo subrayó que cualquier persona puede denunciar, pero que la presentación debe cumplir ciertos requisitos para ser analizada, y que la normativa vigente no admite denuncias anónimas. A continuación, el texto en formato pregunta–respuesta, según lo informado por la DGA.

¿Qué debe existir para que la captación sea regular?
Para que la extracción de aguas se encuentre regularizada, esta debe realizarse en virtud de un derecho de aprovechamiento de aguas legalmente constituido, ya sea otorgado por la Dirección General de Aguas o reconocido por el solo ministerio de la ley.
La verificación de si una captación específica se ajusta a estas condiciones requiere necesariamente un análisis caso a caso, considerando el origen del agua, el punto de captación, el caudal extraído y las condiciones bajo las cuales se ejerce el eventual derecho.

Cuando existe sospecha de una extracción no autorizada de aguas, ¿qué antecedentes mínimos requiere la DGA para fiscalizar?
Ante la sospecha de una eventual extracción no autorizada de aguas, cualquier persona puede presentar una denuncia ante la Dirección General de Aguas. Para que esta pueda ser analizada, debe contener, a lo menos, una descripción clara de los hechos que se estiman constitutivos de infracción, el lugar donde estos ocurren, referencias que permitan su adecuada ubicación, la fecha probable de su comisión y, en la medida de lo posible, la identificación del presunto infractor.
Asimismo, pueden acompañarse otros antecedentes que se estimen relevantes. La normativa vigente exige que el denunciante se encuentre debidamente identificado, no admitiéndose denuncias anónimas.

¿Y cuáles son los canales formales de denuncia y qué ocurre posteriormente?
Las denuncias pueden ingresarse a través del sitio web institucional de la Dirección General de Aguas, mediante la Oficina Virtual DGA.
Asimismo, pueden presentarse de forma presencial ante la Oficina de Partes de la Dirección General de Aguas. Una vez ingresada, la denuncia es analizada para verificar que cumpla con los requisitos legales, que revista seriedad y que cuente con mérito suficiente.

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