En La Varilla 4 festejan: tras fallo de la Corte se les debe restituir el agua potable

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Tribunal de alzada acogió el recurso de protección interpuesto por la comunidad en contra de la Delegación Presidencial, que suspendió el suministro de emergencia que proporcionaba a través de camiones aljibe

Qué duda cabe que para las 18 familias de la comunidad Buenaventura La Varilla 4 de Las Compañías es un logro gigante.

Porque debieron esperar cerca de dos meses para que, como manifestó este jueves la Corte de Apelaciones de La Serena, tras acoger un recurso de protección interpuesto por la comunidad en contra de la Delegación Presidencial, se restituyera el agua potable a través de camiones aljibes.

Para las dirigentas un triunfo y por eso ayer la felicidad una vez conocida la noticia.

“Sabemos que la Corte dio un plazo de 30 días para la restitución del derecho y estamos esperando las comunicaciones formales y cómo va a desencadenar esto, puesto que es la primera vez que poníamos un recurso de protección, así que desconocemos cuál es la agilidad y los tiempos que se consideran para esto. Pero estamos felices”, señalaron.

Un derecho humano

Fue en diciembre pasado, recuerdan, cuando se les informa, “de manera informal y arbitraria”, que quedarían fuera del programa de crisis hídrica.

Entonces iniciaron distintas gestiones con las instituciones responsables, entre ellas la Delegación Presidencial y la municipalidad de La Serena, “dado que no tuvimos respuestas que para nosotros fueran coherentes…”.

Y sin respuestas afrontaron “un peregrinaje institucional”, haciendo uso de todas las opciones disponibles para tener una alternativa a esta exclusión.

“Esto fue con cartas, reuniones y una de las respuestas era que no cumplíamos con los requisitos del programa, debido a una evaluación que se había realizado. Pero de dicha evaluación tampoco se nos informó formalmente y debido a esto es que decidimos instalar un recurso de protección que salió favorable y eso nos tiene muy contentos como comunidad”.

Sí, porque en fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional estableciendo que se vulneró un derecho humano esencial: el acceso al agua potable de la población, el cual debe ser garantizado por el Estado.

En concreto, plantea el documento que “debe tenerse presente que el acceso al agua potable es un derecho humano esencial que debe ser garantizado por el Estado, y la exclusión arbitraria de programas de emergencia hídrica vulnera garantías constitucionales fundamentales, más cuando le era suministrado este recurso hídrico durante el año 2025 a los residentes de la comunidad referida”.

El ministro Felipe Pulgar sostuvo que “la Delegación comunicó en un acto informal que la entrega del agua cesaría porque habían incurrido en un error, debido a que el agua que ellos recibían pertenecía a un proyecto de escasez hídrica que solo contemplaba su otorgamiento a comunidades establecidas legalmente y no a campamentos. La corte sostuvo después de escuchar los alegatos, en particular de la Delegación que, si bien pudo haber habido un error de la administración, lo cierto es que los costos de aquello no pueden ser soportados por el administrado, sumado además a que el agua se trata de un derecho humano vital de subsistencia para personas y en particular habiendo niños, niñas y adolescentes involucrados”.

foto referencial La Varilla

No hacía justicia

Para la comunidad, una noticia que los deja en buen pie, “pues veíamos una situación de injusticia brutal, una vulneración al derecho vital que es el agua y además veíamos fallas administrativas”.

Lamentan que en todo momento se les negó siempre una respuesta, “pues nos decían que no nos correspondía y un montón de dictámenes que para nosotros no hacían justicia ni representaban tampoco la realidad de cómo se había dado la pérdida del derecho del agua”.

Lo más complejo es que durante todo este tiempo debieron recurrir a compras particulares “donde además pasaron eventos de altos de precios del agua y donde algunas familias sencillamente no pudieron mantener el acceso por un tema monetario”.

 

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