Profesional advierte que, a pesar de la facultad presidencial, otorgarle el indulto al hoy condenado por tres delitos graves, en el contexto del estallido social, contravendría la Ley 18.050, generando nulidad y responsabilidad estatal.
Por René Martínez Rojas
Este martes en entrevista con los medios de la Asociación de Radiodifusores de Chile (Archi) el presidente José Antonio Kast aclaró nuevamente la facultad presidencial de otorgar indultos y no descartó beneficiar a condenados por Derechos Humanos.
«Vamos a analizar cada caso de manera particular», dijo, aludiendo especialmente a condenados por el estallido social de 2019.
Uno de los apuntados sería el capitán de ejército José Faúndez, condenado a 15 años por tres hechos de violencia innecesaria, incluyendo la muerte de Romario Veloz, lo que ha generado un fuerte debate legal y político.
Esto, porque de materializarse, dicho indulto sería contrario al ordenamiento jurídico chileno e internacional.
«Entendemos que estaría fuera de la ley, si es que el presidente de la República lo otorga, porque las penas no dan. Porque si bien la Constitución habla de indulto, esta tiene ciertos requisitos», cuenta el abogado Carlos Tello, querellante en la causa.
Explica que la Ley 18.050, que regula la materia, establece en su artículo 4, letra E, que no se puede conceder el beneficio cuando se trata de dos o más delitos que merezcan pena efectiva, a menos que el condenado haya cumplido dos tercios de esta. Dado que la condena en este caso es de 15 años, la ley chilena, por sí misma, impediría el beneficio bajo las condiciones actuales.
«En caso de otorgarle el indulto sería contrario al derecho internacional como al derecho interno chileno. Y aunque el presidente tenga la facultad, no es absolutamente abierta, ya que tiene que cumplir con la ley de 18.050. Por lo tanto, debe ajustarse a la ley y si es que lo hace -reitera- estaría saltándose la ley, generando responsabilidad internacional para el Estado de Chile y un estado de inseguridad para las víctimas».
Impunidad
Más allá del aspecto legal, la potencial decisión es vista, a juicio del profesional, como un acto que busca la impunidad y vulnera fallos judiciales firmes, generando preocupación por la seguridad de las víctimas.
«Nos preocupa el hecho de que el presidente Kast esté tomando este tipo de decisiones sin siquiera llamar por teléfono a las víctimas, existiendo fallos judiciales firmes, lo que nos indica que no es una cuestión que tenga que ver con justicia, sino que lo que se busca en realidad es impunidad».
Además del capitán Faúndez existen otros casos en la región que se podrían estudiar, dado que hay algunos carabineros que están condenados por un solo delito, por ejemplo, «y si es así, se puede. Pero no cuando se trata de personas que han sido condenadas por dos o más delitos con penas muy altas».
Paz social
A juicio del abogado, este tipo de actos lo único que busca «es provocar a parte de la población y, en definitiva, desestabilizar la paz social, porque cuando metes el dedo en la llaga de heridas sociales, estás provocando las movilizaciones».
Con esto, advierte, «se está poniendo en riesgo la paz social del país», por lo que, si se pretende hacer este tipo de actos, «lo que va a hacer es que se venga otra revuelta.
Porque entre lo medioambiental, el alza del combustible, el costo de la vida e indultando criminales, lo que busca es desestabilizar el país. ¿Sabe? Pareciera que el presidente quiere hacerlo para después venir con estados de excepción y gobierno de crisis, en vez de buscar estabilidad y paz social».































