
Tras las celebraciones de Navidad, una de las dudas más frecuentes entre los consumidores es qué hacer cuando un obsequio no cumple las expectativas. En ese contexto, el popular, pero no oficial, Día del Ticket de cambio (26 de diciembre) vuelve a instalarse como una fecha clave para aclarar los derechos existen al respecto.
Además, resulta clave distinguir entre las políticas comerciales voluntarias y los derechos que están regulados por la ley, ya que no todas las situaciones permiten devolución o cambio obligatorio.
Maite Aguirrezabal, directora del Departamento de Derecho Procesal y Litigación de la Universidad de los Andes (Uandes), explica que el ticket de cambio es una política voluntaria de la empresa, que permite cambiar el producto sin manifestar un motivo y en un tiempo establecido. Esto puede ser de 10, 20 o hasta 30 días y no es necesario que las personas presenten la boleta original del producto.
Ahora, «el ticket de cambio no implica la devolución de dinero, sino que solamente un cambio por otro producto», indica la experta, por lo que su aplicación depende de las condiciones que haya informado el comercio.
Otras medidas
Cuando el producto presenta fallas, el escenario es distinto. Aguirrezabal comenta que «en caso de que el producto comprado nuevo venga defectuoso o presente fallas por un uso normal, aplica el derecho de garantía legal por medio de tres opciones: cambio, reparación o devolución de lo pagado».
En ese sentido, la académica Uandes aclara que el tiempo para ejercer la garantía legal en este ámbito es de seis meses. Pero, siempre que se trate de un producto nuevo y que el problema no sea atribuible al consumidor, ya que, si el regalo está en buen estado, pero no cumple las expectativas, ya sea por talla y simplemente por gusto, la garantía legal no aplica.
Y en esos casos, «es necesario el ticket de cambio, aunque algunos proveedores aceptan también el cambio con la boleta», agrega, dependiendo de la política interna del comercio.
Por otra parte, en compras realizadas por Internet, existe una alternativa distinta: el derecho al retracto. Este implica que las personas pueden arrepentirse en compras electrónicas, telefónicas o por catálogos dentro de los 10 días siguientes desde que recibió el producto o contrató el servicio, explica la experta.
Y si la empresa no envía la confirmación escrita del contrato de compraventa o servicio, «el plazo para retractarse se extiende a 90 días», sentencia Aguirrezabal.






























