Comenzó formalización de capitán de Ejército por muerte de Romario Veloz

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La Fiscalía pide prisión preventiva mientras se investiga
la presunta participación del militar en los delitos de
homicidio simple en contra del joven ecuatoriano.

La Fiscalía pide prisión preventiva mientras se investiga la presunta participación del militar en los delitos de homicidio simple en contra del joven ecuatoriano, y violencia innecesaria con resultado de lesiones graves en contra de Rolando Robledo y César Véliz. Audiencia en el Tribunal de Garantía de La Serena continúa hoy.

Era un día especial. Ayer se conmemoraba el Día Internacional de los Derechos Humanos y los familiares de Romario Veloz esperaban buenas noticias.

También las agrupaciones y amigos, quienes marcharon por el centro de la ciudad exigiendo frente en los tribunales de justicia que el capitán de Ejército, José Faúndez, a cargo del contingente militar, quedara en prisión preventiva.

Sin embargo, la formalización que ayer duró cerca de siete horas continuará hoy con más pruebas y los alegatos de la defensa y querellantes.

La Fiscalía pide prisión preventiva mientras se investiga la presunta participación de Faúndez en los delitos de homicidio simple en contra del joven ecuatoriano, y violencia innecesaria con resultado de lesiones graves en contra de Rolando Robledo y César Véliz.

El caso que se le imputa al uniformado se remonta al 20 de octubre del año pasado, cuando Romario falleció luego de recibir un disparo y las otras dos personas resultaron heridos de gravedad, en una marcha desarrollada a metros del mall Plaza La Serena.

Para el Fiscal regional Adrián Vega «ese día se produjeron una sucesión de disparos no sólo con munición de fogueo, sino también de guerra, una de las que impactó a la víctima Rolando Robledo, quien se encontraba próximo a calle Amunátegui, resultando con lesiones graves y necesariamente mortales sin socorros oportunos y eficaces».

Eran cerca de las 18:16 horas y mientras un grupo de civiles asistía a Robledo, «el imputado, a sabiendas que se encontraba una persona herida a consecuencia del accionar militar, perseveró con instrucciones de mantenerse alerta con el fusil apuntando en contra del cuerpo de los manifestantes, ordenando el retiro de los militares, quienes retrocedieron hasta los juegos infantiles ubicados en el parque continuo a la ruta 5 norte».

El persecutor precisa que «no existía ningún acto hostil orientado contra la integridad física o la vida que ameritara al ejército accionar sus armas como medio de defensa o disuasión. Por el contrario, en el lugar se encontraban presentes un centenar de manifestantes que sólo se mantenían observantes sin tomar parte…».

En el relato sostuvo que «a las 18.22 horas aproximadamente, el imputado instruyó la segunda orden de fuego, la cual no se encontraba justificada, donde un grupo no superior a las 20 personas se encontraba increpando al personal del ejército por las heridas ocasionadas a la víctima, Rolando Robledo…».

HUBO UNA SUCESIÓN DE DISPAROS…IMPACTANDO A ROMARIO

A consecuencia de esta segunda orden, sostiene, «se originó una nueva sucesión de disparos, impactando a Romario Veloz, quien se encontraba de pie en las inmediaciones de la berma por calle Alberto Solari, a la altura del terminal de buses, quien se desvaneció de manera instantánea a raíz del disparo».

Explicó el Fiscal que «en esta secuencia de disparos, mientras la víctima César Veliz increpaba a los militares por el uso de fusiles, fue impactado en su pierna izquierda por una munición de guerra, originándole lesiones de carácter graves…».

Para la Fiscalía, los hechos antes descritos configuran respecto de la víctima Rolando Robledo un delito de violencia innecesaria con resultado de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 330 Nº 2 del Código de Justicia Militar.

Respecto a Romario Veloz, un delito de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 Nº 2 del Código Penal, mientras que de César Veliz Cortés un delito de homicidio frustrado, ilícitos en todos los que se le atribuye al imputado participación en calidad de autor, los que se encuentran en grado de consumado.

Dentro de lo que es el estallido social que comenzó un 18 de octubre del año pasado, dos días antes de la muerte de Romario Veloz, es primera vez que se formaliza a quien da la orden y no al que dispara.

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