Justicia ordena pagar pagar daño moral por tarjeta clonada

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La Corte de Apelaciones de la ciudad de La Serena, tras confirmar fallo de primera instancia, condenó a Banco Estado al pago de una indemnización por la suma de $1.000.000, a título de daño moral en favor de una consumidora que sufrió la clonación de su tarjeta bancaria.

Los hechos se remontan a los días 30 de diciembre del año 2016 y 3 de enero del año 2017, cuando se realizaron 7 operaciones bancarias en la cuenta corriente de la afectada, giros por una suma total de $1.204.487.

La consumidora dio cuenta de tal situación a la institución financiera, pero esta última, no entregó una propuesta de solución, por lo que tuvo que dirigirse a SERNAC Región de Coquimbo a fin de interponer el reclamo, instancia donde nuevamente la empresa respondió, rechazando el reclamo.

Ante este escenario, la Dirección Regional de SERNAC interpuso denuncia en el Juzgado de Policía Local de Ovalle, instancia donde la consumidora se hizo parte, además, de interponer una demanda civil por daños y perjuicios.

En su oportunidad, la institución financiera solicitó el rechazo de la denuncia argumentado, que las transacciones fueron válidamente realizadas, sin detectar indicios de vulneración, siendo responsabilidad de la consumidora mantener la debida diligencia, cuidado, atención y utilización de la tarjeta.

Tras analizar los antecedentes, el tribunal de primera instancia condenó a Banco Estado, por vulnerar la ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, en relación a la seguridad en el consumo, el derecho a la reparación e indemnización adecuada y por actuar de forma negligente, causando menoscabo a la consumidora debido a fallas o deficiencias en el servicio.

Para la Directora Regional del Sernac, Paola Ahumada, «el fallo confirma el derecho de los consumidores a servicios seguros, y la obligación de las empresas de resguardar el patrimonio que sus clientes les confían tomando todas las medidas necesarias. Si no cumplen ese deber, las instituciones financieras tienen que responder, existan o no seguros involucrados».

Para el Tribunal de primera instancia, Banco Estado actuó de forma negligente en la prestación del servicio causando así un perjuicio al consumidor, lo que fue confirmado por la Corte de Apelaciones de La Serena, condenando finalmente a la entidad, al pago de $1.000.000 de reparación por el daño moral sufrido por la consumidora, a la restitución de $1.204.487 lo que equivale a los montos sustraídos y al pago de una multa por la suma de 10 UTM (alrededor de $480.000) por haber infringido la normativa legal.

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