Alcalde Jacob responde ante Tribunal Electoral por acusación de concejales

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No ha sido un primer semestre fácil para la Municipalidad de La Serena y su alcalde Roberto Jacob. Prueba de ello es que, por ejemplo, en mayo se conocía el fracaso de la gestión que pretendía conseguir un subarriendo del ex Cine Centenario para recuperarlo.

Pero no solo eso, ya que, en abril, el edil era acusado por concejales de la Bancada Dignidad (Camilo Araya, Rayén Pojomovsky, Daniela Molina y Daniel Palominos) por notable abandono de deberes ante el Tribunal Electoral Regional, buscando su remoción del cargo. Acusación que fundaban en el no pago de la deuda previsional que tiene la Corporación Municipal Gabriel González Videla con la comunidad docente.

Es a propósito de esto último que el día 23 de mayo el alcalde contestó al tribunal el requerimiento de remoción que interpusieron en su contra dichos colegiados, con el fin de argumentar su defensa.

Consultados por esta contestación, desde el municipio señalaron que la autoridad comunal no se referirá a este asunto, por cuanto no quiere entorpecer la investigación.

Pero como se puede extraer del documento, se manifiesta que respecto de la acusación de los concejales, «los alegatos del requerimiento carecen de fundamento, lo que amerita su rechazo, dado que el ejercicio de la acción de remoción del artículo 60 de la Ley N° 18.695 importa sancionar al alcalde denunciado con una sanción máxima, la remoción».

También da cuenta al tribunal de que, dicho requerimiento y por la gravedad de la consecuencia, en este caso la remoción, «exige actuar con la mayor prudencia o cautela, con criterio serio, riguroso y restrictivo, que es lo opuesto a lo obrado por los concejales requirentes, quienes luego de señalar la existencia de una deuda previsional lanzan acusaciones temerarias y, en algunos casos, francamente improcedentes, y cuya única motivación es crear una apariencia de caos financiero y presupuestario en la Corporación Municipal».

A su vez, agrega que dicha «entidad que, en efecto, me toca presidir en razón del cargo de alcalde, pero de ello no se deriva, como pretenden los requirentes, una actuación personal que pudiera dar lugar a la remoción».

Actuar diligente

Dentro de la argumentación que esboza el documento para que el tribunal rechace el requerimiento de remoción interpuesto por los concejales de la Bancada Dignidad, indica que primero que:
«Los requirentes ocupan un lenguaje altisonante con la única finalidad de intentar configurar la reiteración y gravedad que requiere el notable abandono de deberes. Esta vez alegando el no pago de cotizaciones previsionales…».

Y añade, que la debilidad de ese razonamiento es que «se funda únicamente en el dato, es decir, los acusadores estiman suficiente la existencia de la deuda previsional para formular requerimiento de remoción. Para ese objetivo se requiere indagar en las causas del déficit, su desarrollo, y muy especialmente en las acciones tendientes a la solución, vale decir, la voluntad de pago de la máxima autoridad edilicia».

Cuestión que, según la contestación, ha existido, pues «acciones tendientes a su solución abundan, y los concejales acusadores las omiten deliberadamente».

Entre estas actuaciones, en el texto se enumeran, por ejemplo: un convenio de pago suscrito entre la Corporación y el Mineduc para pagar la deuda paulatinamente, firmado el 16 de noviembre de 2021; a propósito de lo anterior se han pagado entre abril y mayo de 2022 $ 3.212.613.648 a múltiples AFPs; el intento de ajustar nuevamente el presupuesto de la Municipalidad y la Corporación con el fin de cubrir en lo posible una cuenta siempre deficitaria del segundo; entre otras.

Finalmente, la contestación manifiesta que, «en suma está meridianamente acreditado que este alcalde y los directivos de la Corporación Municipal, una vez impuestos de la compleja situación financiera y presupuestaria de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, han adoptado todas las medidas posibles para contener primero y luego solucionar gradualmente la deuda previsional, y en la tramitación de este requerimiento de remoción así se acreditará y, por consiguiente, se rechazará la remoción solicitada».

Peso pesado

Quien está detrás de la defensa de la figura del alcalde en este asunto es el abogado litigante de la Universidad de Chile, Isidro Solís Palma, con experiencia en derecho penal económico, derecho penal tributario y litigios complejos. Igualmente es miembro del Partido Radical, así como el edil Roberto Jacob.

Solís tiene un vasto recorrido en el área pública, pues se desempeñó como Director Nacional de Gendarmería entre los años 1990 y 1993, durante el gobierno de Patricio Aylwin.

Además, fue subsecretario de Minería en 2002 y de Aviación (rama ya extinta del Ministerio de Defensa) entre 2002 y 2004, en el gobierno de Ricardo Lagos. Pero no solo eso, también ocupó el cargo de ministro de Justicia entre 2006 y 2007, en el primer gobierno de Michelle Bachelet.

Asimismo, tiene experiencia en el mundo privado, ya que fue director de la Empresa de Servicios Sanitarios de Coquimbo (Essco), y director y presidente del directorio de la Empresa Periodística La Nación.

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