El día de ayer se conoció que de los dos integrantes de la Fiscalía Regional que ingresaron indebidamente a la causa del ex subsecretario del Interior, acusado de abuso sexual y violación, uno ni siquiera era funcionario, lo que devela la vulnerabilidad que existiría en el resguardo de indagatorias que son reservadas por parte del Ministerio Público.
Este viernes, Diario La Región dio a conocer de manera exclusiva que de los integrantes del Ministerio Público que a nivel nacional accedieron a la carpeta investigativa por el caso Monsalve, dos se desempeñaban en la Fiscalía Regional de Coquimbo. Se trata de una funcionaria a honorarios, quien formaba parte de la Fiscalía de Focos, y de un estudiante que realizaba su práctica profesional en Combarbalá, según confirmaron desde el mismo ente persecutor el día de ayer.
Luego de una investigación interna, y utilizando el sistema implementado por el fiscal nacional, Ángel Valencia, que permite trazar la información a la que se accede, se logró determina quiénes accedieron al material, con nombre y apellido. En ambos casos fueron cesados de sus funciones, en un principio -y hasta ahora- por faltas administrativas, sin embargo, también corren el riesgo de ser sancionados penalmente, ya que la Fiscalía Centro Norte inició una investigación y abrió una causa por lo que podría constituir un delito.
Las penas
Consultado, el abogado Carlo Silva explica que la infracción está dispuesta en el artículo 246 del Código Penal, señalando que, «el empleado público que revelare los secretos de que tenga conocimiento por razón de su oficio o entregare indebidamente papeles que tenga a su cargo y no deban ser publicados, incurrirá en las penas de suspensión del empleo en sus grados mínimo a medio o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales, o bien en ambas conjuntamente», indica Silva, quien agrega que, además de lo anterior, si este acto constituye una grave daño para la causa, «las penas serán reclusión mayor en cualquiera de sus grados y multa de 21 a 30 unidades tributarias mensuales».
Condiciones diferentes
Silva remarca que el que la funcionaria haya estado a honorarios y no fuese de planta, no tiene mayor inherencia en la eventual sanción, «ya que existe mucha jurisprudencia donde la figura penal no cambia (…) Ella es funcionaria pública», indica.
Respecto al estudiante, sí podría zafar de las penas, ya que la ley sólo tipifica al funcionario, «incluso podría ser absuelto».