Los argumentos que condenaron a la madre y al padrastro por el crimen de Melissa

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Después de 17 días de audiencias, el tribunal sancionó por los delitos de parricidio e incendio a Mirta Ardiles y por abusos sexuales reiterados en 2014 y 2020 al conviviente, Luis Santander.

Minutos después de las 11 hicieron su ingreso a la sala la madre y el padrastro de la menor. Ella hizo un gesto cordial a su familia, sentada en la primera fila de la segunda sala del TOP de La Serena. Sus hijas, sobrinas y hermanas, con poleras con la imagen de Melissa, la acompañaron en los 17 días que duró el juicio oral.

Había confianza en una absolución, la que, sin embargo, con el correr de los minutos se fue quebrando tras los argumentos que entregaba la magistrada Eugenia Gallardo, jueza encargada de leer el fallo.

No hubo reclamos. Sí gestos que evidenciaban una molestia ante la sentencia condenatoria. También resignación tras escuchar que Mirta Ardiles era condenada por parricidio e incendio y Luis Santander por los delitos de abusos sexuales en 2014 y 2020.
En este último caso, sostuvo la magistrada, «en el periodo comprendido entre mediados del mes de septiembre y el 26 de noviembre de 2020, Santander efectuó reiterados actos de significación sexual en contra de la niña…».

A merced

Si bien el fallo en definitivo se dará a conocer el 27 de mayo, a las 12:00 horas, ayer se argumentaron las principales razones por las que se declaró culpable a ambos por el crimen de la menor, hecho ocurrido en noviembre de 2020 en el domicilio de calle Papa Anacleto de Villa Talinay, sector La Cantera de Coquimbo.

En cuanto al parricidio e incendio, argumentó el veredicto que el 26 de noviembre de 2020, entre las 10:26 horas y las 11:12 horas, «en el interior del domicilio, Mirta Ardiles, premunida de un cuchillo tipo cocinero, se dirigió hasta el segundo piso de la vivienda, al dormitorio de su hija, quien estaba sobre la cama superior del camarote, y con la arma blanca la atacó, propinándole numerosas estocadas en distintas partes del cuerpo, fracturando cráneo y lesionando el encéfalo, lesiones que fueron consecutivas y coetáneas que le causaron la muerte. Luego la madre prendió fuego al colchón inferior de la litera, generando un incendio que consumió parte del mobiliario de la habitación».

Añadió el dictamen que «la menor fue sometida, en un acto de abuso de poder masculino, a la vulneración de su integridad sexual a sus cortos seis años de edad. No solo no fue oída ni protegida por su entorno familiar más cercano, sino que cuestionada su credibilidad, sacrificándose su desarrollo al amparo de su figura más querida y significativa como lo era su madre, en favor de la permanencia de su agresor como el referente de autoridad dentro de su casa, para que finalmente, en un entorno de pandemia que la dejó a merced del autor de los abusos, acentuando su vulnerabilidad, muriera a manos de su madre, en un acto brutal que puso de manifiesto, nuevamente y ahora de manera definitiva, la opción de privilegiar la presencia y permanencia del hombre en la casa…».

Fue la última en verla

Ardiles, sentada al lado de su abogado Nicolás Pavez; y Santander a unos metros junto al defensor público Alejandro García, escucharon con hasta cierta conformidad el fallo.
«Como se pudo escuchar durante el desarrollo de la audiencia, se tuvo en consideración para los efectos de acreditar los delitos de carácter sexual, la edad de la niña, la situación de pandemia, el poco acceso que tenía a otras instancias sociales y también que a esa edad lo regular y normal es que no existan hallazgos de lesiones de carácter sexual», declaró la magistrada Gallardo al final del juicio.

Agregó que «en relación con los delitos de parricidio e incendio, que están estrictamente vinculados y de los que se acusaba a su madre, se tuvo en consideración los registros videográficos que se rindieron en audiencia y que daban clara cuenta, en términos bien simples, que la última persona que estuvo a cargo de la víctima, de su cuidado, fue la madre…».

Día triste

Aunque las magistradas condenaron por los delitos que el Ministerio Público acreditó, reconoció el fiscal regional Adrián Vega que el de ayer fue «un día triste para los derechos de la infancia, pues el resultado judicial constata que aún existen violaciones y también perjuicios para los pequeños, pequeñas y adolescentes».

Por lo mismo, sostuvo que el Estado en conjunto «debe luchar para que esto no suceda, además de educar. Es el trabajo que debe hacer la Fiscalía, pero no es un día feliz. Nadie quiso estar acá y esperamos que Melissa pueda descansar en paz».

En cuanto a las penas, argumentó que «por parricidio la pena de presidio perpetuo simple, pero como la imputada y condenada en este caso acusa irreprochable conducta interior, no podemos pedir presidio perpetuo calificado; y por el delito de incendio pedimos 18 años. La proyección es que en 38 años pueda tener algún beneficio, eso se verá, pues son las reglas para el presidio perpetuo simple, que a los 20 años pueda tener algún tipo de posibilidad de beneficio».

En cuanto a Santander, afirmó que «se pidió penas de 17 años de privación de libertad, porque la ley establece que se pueden subir los grados si es que los delitos son reiterados y en este caso lo fueron. Por tanto, el mal causado es alto y por eso pedimos penas de ese tenor».

Respecto a los medios de pruebas, relevantes para acreditar parricidio e incendio y abusos sexuales, señaló que «fue importante en el parricidio e incendio la existencia de una cámara de seguridad en un local en una casa vecina, y que teniendo capacidad de HD pudo determinar la salida del humo, los vecinos que se alertaban, además de identificar la salida de la imputada de la casa, colocándola a todas luces como autora de los hechos».

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