Tribunal Ambiental rechazó reclamación que buscaba anular aprobación de central de respaldo de Combarbalá

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En fallo dividido, por dos votos contra uno, el Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por un grupo de habitantes de la comuna de Combarbalá en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental, CEA, de Coquimbo por la resolución exenta que aprobó el proyecto de la «Central de Respaldo Combarbalá-75 MW», de la empresa Prime Energía SpA.
La sentencia sostiene que la solicitud de invalidación fue presentada fuera de plazo, más de un año después desde que se dictó la resolución de calificación ambiental que aprobó el proyecto, hecho que ocurrió en enero del 2017, y no dentro de los 30 días que establece la normativa ambiental.

«Los reclamantes solo pudieron haber solicitado la invalidación dentro del plazo que el legislador prevé para deducir los recursos procedentes al carecer del carácter de interesados en el respectivo procedimiento de evaluación ambiental», explicó el ministro redactor y presidente del Primer Tribunal Ambiental, Mauricio Oviedo.

Respecto al plazo, el Ministro presidente explicó que «es de 30 días, puesto que es el tiempo que se señala para los reclamos administrativos y ante el Tribunal Ambiental en las diversas normas de la Ley 19.300».

Los reclamantes son reconocidos como «terceros absolutos», por no ser titulares del proyecto, y por no ser personas naturales o jurídicas cuyas observaciones no hayan sido consideradas en el procedimiento de evaluación ambiental.

Cabe considerar que el Tribunal no emitió pronunciamiento respecto de las restantes controversias por resultar incompatible con lo resuelto, vale decir, que no se revisó el fondo la reclamación.

La sentencia fue pronunciada por los ministros Mauricio Oviedo Gutiérrez, Marcelo Hernández Rojas y el ex ministro Daniel Guevara Cortés, quien si bien concurrió al voto de mayoría no firmó el fallo por haber cesado en sus funciones.

El voto disidente fue del ministro Marcelo Hernández, quien estuvo por acoger la reclamación y entrar a conocer el fondo de la denegación de la solicitud de invalidación.
El proyecto consiste en la construcción y operación de una central eléctrica de generación de 75 MW, alimentada en combustible diésel, en el sector de Combarbalá, destinada a suministrar energía eléctrica a las instalaciones del Sistema Interconectado Central, SIC.

El alcalde de Comabarbalá confirmó que fueron notificados durante la jornada de este viernes, «el Tribunal Ambiental rechazó nuestra reclamación, pero por dos votos contra uno, el voto de minoría fue bastante claro respecto a los reparos que tenía referente a este proyecto», sostuvo.

«Lo que corresponde hacer ahora es analizar en detalle todo el componente de la sentencia que emitió el Tribunal Ambiental para determinar las acciones a seguir, que eventualmente podría ser poner un recurso de casación en la Corte Suprema», agregó.

Castillo enfatizó en que todavía están analizando el fallo, «hemos recibido esta notificación oficial, fueron dos votos contra uno, no fue unánime, cosa que ya nos hace pensar que por lo menos en uno de los jueces hay elementos de peso como para haber aceptado nuestra reclamación, y por lo tanto vamos a estudiarlo en profundidad para poder determinar el curso de acción a seguir».

En relación a que fue el mismo ministro que visitó la zona de Combarbalá, el votó a favor de la reclamación, el edil puntualizó en que «lo que pasa es que el ministro que estuvo presente en terreno pudo constatar los hechos que nosotros estábamos reclamando y que creemos son infracciones que deberían haber anulado la Resolución de Calificación Ambiental».

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