Corte de Apelaciones estudia recurso por conflicto interno en comunidad de Caimanes

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caimanesEl conflicto instalado entre los vecinos de la localidad de Caimanes, comuna de Los Vilos, alcanzó un punto crítico, llegando a los tribunales. El martes recién pasado, la segunda sala de Corte de Apelaciones de La Serena recibió el alegato del abogado Javier Santander Cristóbal, en representación de un centenar de residentes del pueblo, quienes presentaron un recurso de protección contra del conocido dirigente social y presidente del Comité de Defensa Personal de Caimanes, Cristian Flores Tapia, así como del secretario de la entidad, Juan Villalobos Lemus, y el director de la misma, Claudio Villalobos Lemus.
El fallo sobre este recurso quedó en acuerdo, en espera de su redacción, por lo que el pronunciamiento de los ministros Jaime Franco, Humberto Mondaca y Vicente Hormazábal se conocerá antes de 30 días.
El recurso fue ingresado en la corte el 20 de octubre, a nombre de Juan Olivares Ábalos y Luis Fernández Fernández, ambos identificados como vecinos de Caimanes y directores del Comité de Defensa. Luego, el 18 de noviembre, otros 100 pobladores, todos ellos socios de la organización, adhirieron a la causa.
La acción judicial se basa en que los tres sindicados estarían tomando decisiones a nombre del comité en forma autónoma, sin pasar por la asamblea, en particular con respecto a las conversaciones sostenidas desde agosto entre una amplia fracción de los vecinos y la empresa Minera Los Pelambres (MLP), para alcanzar una salida negociada a los juicios por denuncias de “obra nueva” y “obra ruinosa” que enfrentan a ambas partes desde el año 2008. El acuerdo al que se llegó fue sometido a votación popular en la zona el martes 8 de diciembre, sin que se alcanzara el quórum mínimo de 70% de participación que los organizadores definieron para validar el proceso.
El texto del recurso señala que dicha negociación “ha generado hasta hoy el descontento de los recurridos y un grupo reducido de no más de 20 personas, entre quienes se cuentan, además de sus familias, gente que hace largo tiempo no vive en el lugar, todos los que se han marginado, no asistiendo a las reuniones ni a las asambleas en que se da cuenta de los resultados de estas, decidiendo arbitrariamente realizar reuniones paralelas, utilizando el nombre del Comité”.
En el escrito se describe que Flores y ambos Villalobos, “a partir del día martes 29 de septiembre han procedido a transgredir los derechos constitucionales de los socios, tomando sobre sí y para sí el Comité como medio para alcanzar su propio beneficio, realizando actos ilegales o arbitrarios que posteriormente pretenden ser validados en asambleas que no cuentan más que con su presencia y la de 20 personas más”, y además, manteniendo una “actitud agresiva” en contra de los socios que han participado en el proceso.
Incluso se acusa a Flores de haber renunciado a su calidad de presidente y llevarse consigo los libros de actas de la organización.
El recurso solicita al tribunal adoptar cuatro medidas de protección. La primera, “disponer que todos los libros de actas, asistencias, registros de cuentas corrientes y movimientos, registro del pago de cuotas y nómina de los integrantes del Comité, sean inmediatamente devueltos al vicepresidente o al tesorero de la organización”, debiendo quedar depositados en la sede de la entidad.
La segunda, ordenar al directorio a convocar a una junta general de socios, “cuyo propósito será revisar las actas que se hayan realizado transgrediendo los quórum y procedimientos establecidos en los estatutos, dejando sin efecto aquellos acuerdos que no se ajusten a ellos”.  La tercera medida, “dejar sin efecto todos los acuerdos que se hayan adoptado con la intervención de los recurridos y en que se hayan excluido a los demás directores”.  La cuarta, “disponer se cite a una junta general extraordinaria de socios a fin que voten la censura del directorio o una nueva elección”.
El Comité de Defensa Personal de Caimanes se conformó en 2008, como reacción de los pobladores ante la instalación por parte de MLP del tranque de relaves El Mauro, el cual fue construido sobre el cauce superior del estero Pupío, la principal fuente de agua dulce del sector, perjudicando el abastecimiento del vital líquido para los habitantes de la zona.
Ese mismo año se presentaron las denuncias de “obra nueva” y “obra ruinosa” contra la empresa. La primera fue fallada a favor de los demandantes por la Corte Suprema, en octubre de 2014, ordenando a MLP restituir el libre flujo de las aguas naturales. La ejecución de este dictamen aún se encuentra pendiente, en espera de que la Corte de Apelaciones de La Serena apruebe o rechace un plan de obras presentado por la firma para cumplir con el fallo. En caso de rechazo, cabe la posibilidad de que se ordene la demolición del tranque.
En tanto, la segunda causa, que pretende lograr que se declara al tranque como “obra ruinosa”,perjudicial para la población, se encuentra en espera de ser analizada por la Corte Suprema, luego que en abril pasado la Corte de Apelaciones serenense fallara en contra de los demandantes.

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