Lo que debió ser sólo una retención en un local de Ovalle, debido a que un sujeto, se presume, estaba provocando daños al interior del recinto, terminó con el fallecimiento de éste en el marco de una «detención ciudadana», lo cual está amparado por ley en el artículo 129 del Código Procesal Penal, pero que no permite en ningún caso agresiones al retenido. La PDI investiga la dinámica exacta de lo acontecido, y las que eran víctimas, ahora podrían convertirse en victimarios.
Es totalmente legal, cierto, y está contenida en el Código Procesal Penal, particularmente en el artículo 129. Se refiere a la facultad legal que tiene cualquier particular para detener a quien sea sorprendido en la comisión de un delito flagrante. Así quedó contenida y regulada en el año 2000, para contrastar y diferenciarse de una serie de «linchamientos» que se estaban cometiendo por esos años en distintas ciudades del país.
Y es que nunca estuvo claro el límite. De hecho, ambas situaciones tienen similar origen, siendo denominadas bajo el mismo término: «detenciones ciudadanas», pero suponen cosas distintas y traen consecuencias jurídicas disímiles, estando lo que antes se denominaba «linchamiento», totalmente prohibido, siendo legal sólo la retención de un individuo que ha sido sorprendido en flagrancia cometiendo algún delito, pero sin la posibilidad de golpearlo o ejercerle algún tipo de daño físico, ya que quien lo hiciera se arriesgaría a pasar de víctima a victimario.
Ovalle y LOS
dos casos
Puede ser que la sensación de inseguridad que se vive en el país, en general, esté dando pie a que la gente decida actuar por sí sola o tomar justicia por sus propias manos, y lo que queda tipificado como detención ciudadana igualmente conlleva una golpiza de por medio, pero no demasiado grave, «que no se note».
Algo así como lo que ocurrió en Ovalle el pasado domingo, cuando un grupo de personas se percató de que un individuo estaba robando celulares en plena vía pública, por lo que decidieron actuar y reducirlo. Este hecho se produjo en calle Benavente, a la altura de una conocida ferretería.
Hubo algún tipo de golpes, brusquedad, pero no pasó a mayores y el hombre fue entregado cuando llegó Carabineros.
Pero el lunes la cosa sería distinta, ya que, al parecer, a quienes retuvieron a un sujeto que, se presume, provocó daños en un local también de la capital de Limarí, se les habría pasado la mano, aunque aquello es materia de investigación, ya que el caso fue tomado por la PDI.
Indagatorias
Fue la noche del lunes cuando un hombre de 38 años ingresó ya fallecido al Servicio de Atención Primaria de Urgencia de Alta Resolución (SAR) de Ovalle, tras haber sido, supuestamente, reducido por causar daños en un local de comida.
El hombre habría entrado al recinto de sushi como un cliente, pero en algún momento se habría producido una discusión que llevó al fatal desenlace, aunque, claro, los agresores nunca pensaron que el tema escalaría a tanto. De hecho, no tenían la intención de acabar con su vida. Sin embargo, lo peor ocurrió.
Ministerio
Público Y PDI
Al constatar la muerte del individuo, Carabineros dio cuenta al Fiscal de turno, quien ordenó la concurrencia de la Brigada de Homicidios de la PDI, junto a peritos del Laboratorio de Criminalística Regional, para establecer la dinámica de lo acontecido y las posibles responsabilidades.
«Preliminarmente, existen antecedentes que el sujeto, en horas de la tarde, ingresó a un local de sushi, donde después de ocasionar algunos daños fue reducido por los locatarios, quienes llaman a Carabineros, siendo trasladado por personal policial hasta el centro asistencial, donde verifican que se encontraba fallecido», indicó el subprefecto José Cáceres, jefe de la BH La Serena.
Agregó que «personal de la Brigada especializada se encuentra desarrollado diversas diligencias de análisis criminal e inteligencia policial, para establecer las circunstancias de cómo ocurrió el hecho. Hoy (ayer) se realizará la autopsia en el Servicio Médico Legal, a fin de establecer la causa exacta del fallecimiento».
Con esto, la incertidumbre queda instalada. ¿Actuaron con extrema violencia los sujetos que lo retuvieron?, ¿fue proporcional la reacción en relación a las acciones de la ahora víctima? Aquello está por dilucidarse, y la autopsia sin duda que arrojará datos que ayudarán a esclarecer el hecho.
Como enseñanza, si se va a hacer uso de este legítimo derecho, enmarcado dentro de lo legal, se debe hacer con mesura, ya que lo único que se permite es la retención de la persona sorprendida en flagrancia, cualquier otro tipo de daño que ésta sufra, igualmente es penado por la ley, por lo que la línea entre pasar de ser la víctima al victimario, es en extremo delgada.