«Nuestra premisa apunta a que el proceso constituyente debe abrirse necesariamente a deliberación ciudadana»

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Se cumplieron dos semanas del estallido social en el país y una de las demandas que ha surgido desde la clase política, que ha permeado en algunos sectores de la sociedad, es la creación de una nueva Constitución y una asamblea constituyente. ¿En qué consiste y cuáles son los objetivos? Fueron las dudas que explicó el abogado constitucionalista y director de la escuela de derecho de la UCN, Kamel Cazor, en entrevista con LA REGIÓN.

Asamblea Constituyente y una nueva constitución son algunas de las consignas que se han visto en la calle, luego de más de dos semanas de protestas, en donde además distintos grupos de la sociedad se han autoconvocado en cabildos ciudadanos para poder plantear sus distintas necesidades.

A juicio suyo, ¿cambiar la Constitución es la solución para salir del conflicto?
«No necesariamente el cambio constitucional generará una solución inmediata al actual conflicto, pues las soluciones estructurales que se necesitan deben ser pensadas a un mediano o largo plazo. Pero el proceso constituyente que culmine con una Nueva Constitución es el principal referente que apuntaría a concretar dichas soluciones estructurales y urgentes que necesita el país. Creo en ello, pues a mi juicio es vital generar un consenso o pacto constitucional nuevo, que refleje responsablemente y con una visión de futuro, una forma de convivencia consciente de las generaciones venideras. Que sea fruto de un consenso democrático y dote a la Nueva Constitución del mayor grado de legitimidad posible, lo que es esencial a fin de tener una Carta Fundamental reconocida por todos y que esté viva en la sociedad chilena. Esto es esencial a fin de renovar nuestra forma de convivencia, basada en una vivencia democrática real y participativa, que nos involucre a todos. Creo que la actual sociedad chilena y nuestro sistema institucional tienen la madurez necesaria para lograr esto».

¿Ve condiciones políticas para cambiar la Carta Magna?
«En la actualidad existen las condiciones políticas para el cambio constitucional. Si analizamos las experiencias de otras sociedades, precisamente, los cambios constitucionales profundos emergen de épocas de crisis y no de normalidad. Es la paradoja o contradicción de los denominados «tiempos constitucionales», que deben lograr el no fácil equilibrio que conjugue, por una parte, la contingencia jurídico-política que es inherente en los procesos constituyentes, y, por la otra, la necesidad de permanencia, como resultado del proceso constitucional, que supere tal contingencia, es decir, en el que surja una Nueva Constitución, que genere estabilidad institucional y paz social. Esto no es nuevo para Chile, pues el proceso constituyente ya lo puso en marcha la ex presidenta Michelle Bachelet en su segundo mandato, incentivando la elaboración de una Nueva Constitución Política en un proceso democrático, institucional y participativo».

Cómo ve la asamblea constituyente… ¿Es una opción?
«La Asamblea Constituyente es uno, no es el único, de los mecanismos democráticos que puede considerarse en la elaboración de una Nueva Constitución, especialmente por la amplia representatividad político-social que implica, se puede contemplar en ella la participación de los más variados sectores como el político, económico, social, valórico o espiritual, minorías, pueblos originarios, etc. Por ejemplo, entre otros, han utilizado el mecanismo de la Asamblea Constituyente: Bolivia 2009, Colombia 1991, Ecuador 2008, Irán 1979, Portugal 1976 y Venezuela 1999. Sin embargo, este mecanismo no está contemplado en nuestra actual Constitución, por lo tanto, para hacerla realidad y operativa, es necesaria una reforma constitucional que la establezca».

¿Cuál sería la vía más adecuada para llevar a cabo un proceso constituyente?

«Creo que además de la Asamblea Constituyente, sería también una vía adecuada para llevar a cabo el proceso constituyente, la denominada Convención Constitucional, en los términos contenidos en el proyecto de reforma constitucional del capítulo XV de la Carta fundamental (Mensaje Presidencial Nº 022-365, de 3 de abril de 2017).

En efecto, la reforma constitucional aún pendiente en el Parlamento, le encarga a una ley, aprobada por el Congreso, regular la convocatoria a la Convención, la forma de integración de la misma, el sistema de nombramiento y elección de sus integrantes, su organización, sus funciones y atribuciones, como también los mecanismos de participación ciudadana que, para este efecto, la Convención Constitucional establezca en el proceso de elaboración de la Nueva Constitución. De ahí que nuestra premisa apunta a que el proceso constituyente, cualquiera sea el mecanismo (especialmente si no es una Asamblea Constituyente), debe abrirse necesariamente a la deliberación ciudadana, aunque se traduzca en la utilización de los cauces institucionales. Todo lo cual a fin de evitar los reales peligros de elitización del proceso constituyente, evitando con ello que finalmente sea «capturado» por el establishment nacional, un claro ejemplo de esta anomalía fue el fallido Proceso Constituyente de Islandia de 2008″.

¿Su visión de los cabildos ciudadanos?

«Creo que se trata de un muy buen ejercicio democrático, desde la base, por parte de los ciudadanos, pero que deben ser bien canalizados, a fin de asegurar una participación ciudadana mayoritaria. En efecto, como puede observarse en el informe final sobre el proceso de participación y diálogos constitucionales a que convocó el Gobierno de Chile durante 2016, de las cuatro etapas que este proceso contempló, Encuentros Locales Autoconvocados, Cabildos Provinciales, Cabildos Regionales y consulta individual por Internet, fue en los ELA donde vimos aparecer más vivamente el ethos de una comunidad que acoge la opinión del otro y se resiste a la dispersión.

Amigos, vecinos, compañeros de trabajo, familias completas se reunieron en salones comunitarios, parroquias, gimnasios, oficinas y, por sobre todo, en casas particulares, a muchas de las cuales los miembros de este Consejo Ciudadano de Observadores (CCO) llegamos como invitados para dar fe de lo que ahí estaba sucediendo. Sin embargo, como bien lo reconoce el propio informe, desde el punto de vista cuantitativo el grado de participación ciudadana fue bajo, de las 90.800 opiniones individuales y las 70 actas de Cabildos y 9.000 actas de ELA, el número de ciudadanos que participaron no superó las doscientas mil personas».

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