RENTERÍA: En 14 de 77 preguntas dijo «no recuerdo» al Tribunal Electoral Regional

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Comenzó a ser vista la causa rol 4002-2019 del Tribunal Electoral Regional, TER, con sede en La Serena, que procesa el requerimiento de remoción del cargo del alcalde de Ovalle, Claudio Rentería, presentado por cuatro concejales en base a la causal de notable abandono de deberes y faltas a la probidad por un déficit en el Departamento de educación municipal de cerca de 7 mil millones de pesos.

En la primera jornada, ocupando poco más de una hora, Rentería respondió con 14 «no recuerdo» al cuestionario de 77 preguntas del TER.

En el interrogatorio también se busca aclarar el pago de horas extras a su cuñada, que trabaja en el municipio, y aumentos de sueldos a funcionarios con fondos de la Ley de Subvención Escolar Preferencial, Sep.

Además, la autoridad entregó respuestas a otros cuestionamientos, como los pagos de imposiciones con multas e intereses, la negativa a reincorporar al ex jefe de finanzas municipal, Roberto Ábalos Ábalos, las situaciones del director de Obras y su realización de estudios por tres meses en España (Barcelona), del cargo de jefe del Departamento de Salud, la suplencia de la funcionaria Ana María Araya, y otros de esta índole.

Después de analizar las respuestas, el Tribunal emitirá una resolución.
A modo de resumen de la primera parte del cuestionario a Claudio Rentería (CR), se tiene:

1.- ¿Cómo es efectivo y le consta, en la Ilustre Municipalidad de Ovalle existe un déficit presupuestario en el Departamento de Educación Municipal?
CR: «No es efectivo y debo señalar que cuando asumí el 7 de diciembre del año 2012, en la sesión del Consejo de diciembre del 2012 estuvo la Jefa de Presupuesto y el Jefe del Departamento de Educación suplente, en el cual se le señaló a los señores concejales que la deuda es certificada en el acta es de aproximadamente $ 4.700.000.000 y, posteriormente, el alcalde entrante envió oficio a la Contraloría General de la República, en la cual solicita la presencia de ellos en el municipio para realizar las acciones pertinentes de cada una de las personas que estaban a cargo del departamento. También señalo que se han hecho otros mejoramientos administrativos. Es todo lo que tengo que informar».

2.- ¿Cómo es efectivo y le consta que dicho déficit indicado en el numero anterior asciende a los $ 6.835.248.976?.
CR: «Me remito a lo señalado anteriormente».

3.- Explique a cuánto asciende el déficit presupuestario en el DEM.
CR: «Me remito a lo anterior. Y señalar que hasta el día de hoy los déficit no sabemos si son positivos o negativos, ya que nadie me lo ha señalado, y según lo señalado por el organismo contralor son distintas opiniones referente al tema».

4.- ¿Cómo es efectivo que mediante Informe Final N° 1320, del 30 de diciembre de 2015, la Contraloría General de la República le informa a usted sobre la existencia de un déficit presupuestario por la suma de $ 6.835.248.976 ?.
CR: «Me remito a lo señalado anteriormente en la pregunta Nº 1».

5.- Explique qué fue lo que le informó la Contraloría General de la República en el informe final N° 1320 del 30 de diciembre de 2015.
CR: «Me remito a lo señalado en la primera pregunta».

6.- ¿Cómo es efectivo y le consta que el referido déficit presupuestario se produjo por el mal uso de los fondos provenientes de la Ley de Subvención Escolar Preferencial (Ley SEP) y el Programa de Integración Escolar (PIE)?.
CR: «Me remito a lo señalado en la respuesta del Nº 1».

7.- ¿Cómo es efectivo y le consta que producto de dicho informe la propia Contraloría General de la República ordenó instruir un sumario administrativo a fin de poder indagar por qué se produce dicha irregularidad, y el paradero de dichos fondos?
CR: «La Contraloría. Se hizo un sumario administrativo y señaló que, primeramente, el Jefe de Finanzas y Administración fuese multado por no haber asesorado al alcalde, que es lo que señalaba la Contraloría en ese sumario, y posteriormente me instruye a mí poner en conocimiento al Concejo. Ese es el procedimiento administrativo que se hizo».

8.- ¿Cómo es efectivo y le consta que con fecha 30 de marzo de 2016 se dicta por la Contraloría Regional de Coquimbo la resolución exenta N° 81, nombrándose como Fiscal Administrativo del Sumario a don Iván Flores Cayo.
CR: «Sí, es efectivo, me tomó declaración a mí».

9.- ¿Cómo es efectivo y le consta que en el referido sumario, con fecha 13 de diciembre de 2016, se establece que usted faltó a sus obligaciones funcionarias al no adoptar medidas administrativas para esclarecer el origen de los déficits presupuestarios que le informó la Dirección de Control Interno, a través de informes Trimestrales desde el año 2014, los cuales fueron puestos en conocimiento del Alcalde y del Concejo Municipal?
CR: «Solamente me señaló que debía ponerlo en conocimiento del Concejo Municipal, lo cual hice»

10.- ¿Cómo es efectivo y le consta que asimismo se estableció en dicho sumario que dichos recursos, provenientes de la subvención escolar preferencial y del programa de integración escolar, fueron usados para fines distintos a los establecidos en la normativa vigente.
CR: «La Contraloría señala que hay déficit, en la primera consulta hablé de deuda. Señalar que el tema del déficit, la opinión de la Contraloría Regional, advertir déficit está en una situación que, en rigor, no me han señalado qué déficit. Hay ambigüedad en lo resuelto por Contraloría».

11.- ¿Cómo es efectivo y le consta que la Contraloría General de La República tuvo por acreditada su responsabilidad administrativa en dicho déficit presupuestario?
CR: «No es efectivo lo señalado por la Contraloría».

12.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted ha incumplido sus obligaciones funcionarias al no adoptar las medidas administrativas conducentes a establecer el origen de los millonarios déficit presupuestarios?.
CR: «No es efectivo».

13.- ¿Cómo es efectivo y le consta que la existencia de los referidos déficits le fueron informados por la Dirección de Control Interno de la misma Municipalidad, a través de los informes trimestrales que remitió al Concejo Municipal de Ovalle, desde el año 2014.
CR: «No es efectivo».

14.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted no ha adoptado ninguna medida tendiente a aclarar el origen del déficit presupuestario comprobado por la Unidad de Control Interno y la Contraloría General de la República.
CR: «No es efectivo. Se hizo un acto administrativo de poder resolver las deudas municipales en el Departamento de Educación, y hoy en día esa deuda está saneada».

15.- ¿Cuál o cuáles serían las medidas adoptadas, indicando fecha y número de decreto en que conste dicha medida?
CR: «Se hicieron actos administrativos para cancelar la deuda, pero no recuerdo la fecha de los decretos, ya que como alcalde debo firmarlos constantemente y no recuerdo las fechas».

16.- Para que diga cómo es efectivo y le consta que usted no ha adoptado ninguna medida tendiente a aclarar el destino o paradero de los dineros faltantes y cuyo déficit fue comprobado por la Unidad De Control Interno y la Contraloría General de la República.
CR: «Referente a las deudas, se cancelaron como correspondía, y respecto del déficit, no está clarificado».

17.- En la negativa de la posición anterior o para el evento de que por cualquier razón dicha pregunta o posición no se realice explique el absolvente cual o cuales serían las medidas adoptadas, indicando fecha y numero de decreto en que conste dicha medida.
CR: «Las deudas se hicieron actos administrativos, pero no recuerdo los números ni las fechas».

18.- Para que diga el absolvente el cómo es efectivo y le consta que usted no ha adoptado ninguna medida tendiente a establecer o identificar los responsables y/o causantes de dicho déficit.
CR: «Me remito a lo contestado anteriormente y reiterar que los déficit tienen un sentido distinto a los procedimientos que tiene la Contraloría. Y eso nadie lo ha certificado».

19.- ¿Cuál o cuáles serían las medidas adoptadas, indicando fecha y numero de decreto en que conste dicha medida?.
CR: «No recuerdo».

20.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted, pese a estar en pleno conocimiento del grave déficit existente en el Departamento de Educación Municipal, solicitó la aprobación del concejo municipal del PADEM del año 2015, 2016, 2017, y 2018?
CR: «Cada uno de LOS PADEMES que teníamos que verificar y que teníamos que realizar una mejor gestión como administración para mejorar la deuda».

21.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted tuvo conocimiento del mal manejo de los recursos públicos en el Departamento de Educación correspondiente a la ley Subvención Escolar Preferencial (SEP)., y Programa de Integración Escolar (PIE)?
CR: «Solamente tuve conocimiento de la deuda de arrastre por la cantidad indicada anteriormente».

22.- ¿En qué fecha tomó conocimiento de la existencia del déficit presupuestario en el Departamento de Educación Municipal?
CR: «Supuestamente tome conocimiento cuando la Contraloría me notificó que había un déficit, pero de acuerdo a la metodología de la Contraloría, yo señaló que es deuda».

23.- ¿Cómo es efectivo y le consta que al día de hoy usted no ha explicado al Concejo Municipal el origen del déficit, el destino de dichos fondos, y sus responsables?
CR: «Todo lo referente a la deuda se ha enviado al Concejo, debo señalar que no se ha escondido ningún antecedente realizado a lo que respecta del Departamento de Educación, están en conocimiento de los concejales e incluso han felicitado a este alcalde por la gestión realizada, lo que consta en las actas del Concejo Municipal».

24.- Explique: a) Cuál es el motivo u origen del déficit presupuestario en el Departamento de Educación Municipal, b) Cuál es el destino o paradero de dichos fondos, c) Quién o quiénes son los responsables por el referido déficit presupuestario.
CR: «a) En el tema del déficit, están en cuestión las normas de Contraloría, respecto de la deuda, se le ha informado debidamente a todos los señores concejales en las reuniones del Concejo.
b) reitero nuevamente que a lo que me ha referido es respecto a la deuda.
c) el tema de la deuda es responsabilidad de los funcionarios que estaban a cargo de ella en los periodos anteriores. Es decir desde el 7 de diciembre de 2012 hacia atrás, más bien dicho la administración anterior al 2012″.

25.- ¿Cómo es efectivo y le consta que el monto al que asciende el referido déficit presupuestario fue generado durante su gestión o administración?
CR: «Yo estoy señalando que lo que hemos hecho es cancelar deudas, lo que estén cuestionamiento en lo señalado por la Contraloría.

26.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted jamás le informó personal o directamente al Concejo Municipal acerca de la existencia del referido déficit presupuestario?
CR: «Me remito a lo señalado anteriormente».

27.- Explique en qué fecha y por qué medio informó acerca de la existencia del referido déficit presupuestario.
CR: «Ya está contestado»

28.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que parte del déficit presupuestario generado en el Departamento de Educación municipal se debe a que los referidos recursos han sido utilizados en fines distintos a aquellos establecidos en la ley.
CR: «Está respondido».

29.- ¿Cómo es efectivo y le consta que los dineros provenientes de la Subvención Escolar Preferencial y Programa de Integración Escolar, han sido utilizados en el pago de remuneraciones, indemnizaciones y cotizaciones de personal ajeno a las finalidades de las referidas leyes?
CR: «No es efectivo, debo señalar que referente a la deuda de la municipalidad en el Departamento de Educación, se solicitaron en las oportunidades al Concejo Municipal transferencias al departamento de Educación para cancelar las deudas, y nunca se me informó referente a que se dejarán de pagar los sueldos, etcétera. Fueron aportes aprobados por los señores Concejales en esa oportunidad en que se lo solicitaba».

30.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que pese a conocer de la existencia del referido déficit, usted no hizo ni siquiera una denuncia a la Fiscalía Local o a la Policía?
CR: «No es efectivo. Yo sólo me he remitido solamente a cancelar deudas en el Departamento de Educación, lo que sí señalé es informar al Concejo Municipal de lo señalado por la Contraloría, lo que está en duda.

31.- Explique en qué fecha y por qué medio hizo la denuncia.
CR: «No hice denuncia, informé a los organismos pertinentes, según el sumario de Contraloría, en este caso al Concejo Municipal».

32.- ¿Cómo es efectivo y le consta que según consta en el informe final de la investigación especial 391 de 2018, de Contraloría, han podido establecerse diversas irregularidades de su parte en relación con el pago indebido de horas extraordinarias no justificadas, pagadas con cargo a los fondos de la ley S.E.P., a funcionarios que no han justificado servir a los fines de la precisada ley?
CR: «Referente a este tema existe un procedimiento de acuerdo a la ley de presupuesto en lo referente a las horas extraordinarias, por lo tanto se tiene que ajustar a esta normativa. Complementando la respuesta, es efectivo de acuerdo a las normas vigentes».

33.- ¿Cómo es efectivo y le consta que en el Departamento de Educación municipal se realizaron pagos de estipendios que no se encuentran justificados y sin autorización del Director de Control?
CR: «Los pagos se ajustan a la normativa. Pero debo señalar que en un informe de la Contraloría, el alcalde realizó las observaciones presentadas por este organismo, se ejecutaron y el organismo contralor quedó satisfecho».

34.- ¿Cómo es efectivo y le consta que se encuentra casado desde el 11 de diciembre de 1981 con doña María Cecilia Araya Aracena?
CR: «Sí, es efectivo señalar que estoy casado con ella, educadora de párvulos desde el 12-12-1981 con una hermosa familia de 3 hijos y me siento orgulloso».

35.- ¿Cómo es efectivo y le consta que su cónyuge es Funcionaria Municipal dependiente del Departamento de Educación Municipal de Ovalle, quien cumple funciones como Orientadora de la Escuela Oscar Araya Molina?
CR: «Es efectivo, lo ganó por concurso público, sin ser alcalde»

36.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted es cuñado de doña Ximena De Lourdes Araya Aracena?
CR: «Si, es efectivo».

37.- ¿Cómo es efectivo y le consta que su cuñada es funcionaria municipal, cumpliendo funciones como Administrativo no Docente del Departamento de Educación Municipal de Ovalle?
CR: «Ella es funcionaria del departamento de Educación Municipal».

38.- ¿Cómo es efectivo y le consta que conforme a decreto alcaldicio 389 de 2018, fue firmado por usted?
CR: «No lo recuerdo».

39.- Para que diga el absolvente el cómo es efectivo y le consta que conforme a dicho decreto usted dispuso que su cuñada doña Ximena de Lourdes Araya Aracena pasara a ejercer como «ENCARGADA DE RELACIONES PÚBLICAS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN» con 44 horas semanales?
CR: «No lo recuerdo».

40.- Para que diga el absolvente el como es efectivo y le consta que no existe en la Municipalidad de Ovalle el cargo de «ENCARGADA DE RELACIONES PÚBLICAS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN», ya que no está contemplado dentro de la estructura organizacional del DAEM.
CR: «No recuerdo si existe dicho cargo».

41.- ¿Cómo es efectivo y le consta que usted aprobó y autorizó el pago de horas extras de su cuñada doña Ximena Araya Aracena.
CR: «No recuerdo».

42.- ¿Cómo es efectivo y le consta a usted que conforme a decretos firmados por usted, su cuñada percibió por el periodo enero de 2017 a abril de 2018, la suma de $ 6.654.393 (seis millones seiscientos cincuenta y cuatro mil trescientos noventa y tres pesos), solo por concepto de horas extras?
CR: «No recuerdo».

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