Condenan a municipio por ley del saco

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14El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió demanda laboral y ordenó a la municipalidad de la comuna pagar una indemnización total de $4.774.930 (cuatro millones novecientos setenta y cuatro mil novecientos treinta pesos), a trabajador que resultó con una lesión en el hombro por cargar y descargar soleras con un peso superior al límite máximo de 50 kilos.
Se trata de un trabajador a honorarios que recibió la orden de cargar manualmente soleras de 100 kilos de peso en forma manual, lo cual habría ocasionados lesiones musculares.
En el fallo (causa rol 609-2017), la magistrada Nancy Bluck dio por establecido que la municipalidad transgredió el deber legal de seguridad sobre cargas manuales, el peso máximo establecido por ley y no adoptar las medidas de seguridad requeridas.
“Que la conducta desplegada por la demandada implica claramente una trasgresión a sus deberes de seguridad, especialmente artículo 211 G del Código del Trabajo que obliga al empleador a evitar la carga manual y a informar al trabajador sobre los métodos que debe utilizar en esta tarea; artículo 211 H del mismo cuerpo legal que fija el monto máximo del peso a cargar en 50 kilos; artículo 21 del DS 40 que establece la obligación de informar riesgos laborales y artículo 184 del Código del Trabajo que obliga a adoptar todas las medidas de seguridad necesarias”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que de esta manera el actor ha sufrido una lesión como consecuencia de su trabajo y de la conducta negligente desplegada por su empleador, lo que le da derecho a ser indemnizado”.
Por ello, concluye: “Que se acoge la demanda, sólo en cuanto se condena a la Ilustre Municipalidad de La Serena al pago de una indemnización por daño emergente de $2.774.930 y una indemnización por daño moral de $2.000.000 (dos millones de pesos)”.

1 COMENTARIO

  1. Por fin una demanda favorable a los trabajadores
    cuando siempre las juezas de el tribunal laboral , tratan de llegar a acuerdo ,en la AUDIENCIA PREPARATORIA eS OBVIO , ELLOS (LOS JUECES ) GANAN UN BNO POR GESTION .
    Y que les interesa ? llegar a acuerdo en la primera audiencia preparatoria, asi finalizan la demanda , y a cobrar sea
    Sabemos que es antiético , pero tratándose de algunas juezas , la falta de ética y profesionalismo es evidente .
    Y el llegar a acuerdo en la audiencia preparatoria , no se crea JURISPRUDENCIA , es obvio no estudian todo el caso, por «FLOJERA » y asegurarse el FAMOSO BONO
    Es una magia que haya ganado el caso este trabajador 2.774.930 mas 2.000.000 Millones es poco , comparado con la patología adquirida
    puede que ese exiguo monto , sea escaso , con el tratamiento , que debe tener el trabajador , la sentencia de la causa 609-2017 también debiera haber incluido el tratamiento medico , y los gastos pertinentes , pues también la norma dice . que el trabajador debe ser reintegrado a la sociedad en las mismas condiciones físicas anímicas y corporales hasta el momento de recién inciado su contrato , laboral , es decir si ingreso sano , debe egresar sano físicamente de la fuente laboral
    Ahora la Municipalidad o Corporación de Derecho Publico . siempre ha tenido serios vicios en el manejo del recurso humano , allí hay personas que no tienen idea de la norma laboral y los aspectos mas importantes en el manejo de la gestión de Recursos humanos , ahora bien si esta municipalidad comete aberraciones como esta, (La Serena ) la otra municipalidad de Coquimbo con el peor alcalde que ha tenido esa comuna , también debiera demandarse , laboralmente , específicamente a la Corporación de Turismo , la cual posee serios vicios de corrupción , sueldos impagos , e intereses creados adjudicando eventos a personas que trabajan dentro de la corporación.

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