Caso Yulisa Cerda: Acusado es absuelto definitivamente de femicidio

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El tribunal dictó veredicto condenatorio sólo por porte ilegal de armas. «Es un fallo que está lejos de lo que esperábamos y tremendamente lejos de las sensaciones que había durante el juicio», lamentó el abogado querellante.

Pese a su prontuario, nunca antes había matado. Hasta ese 27 de abril de 2020, cuando de un disparo I.C.M dio muerte a su pareja, Yulisa Cerda, en su domicilio del pasaje Alfredo Meloso de Las Compañías, en La Serena.

Tres días después se entregó a la policía y posteriormente fue formalizado y el juzgado de La Serena decretaba su prisión preventiva.

La familia de la joven pedía que se le condenara por femicidio, pues aquella vez no fue el primer ataque, sino que antes del macabro crimen Yulisa había denunciado en tres ocasiones al agresor, que había salido de la cárcel en agosto de 2019.

En febrero de este año, y después de haber sido absuelto de femicidio y condenado solamente por tenencia ilegal de armas un año antes, la Corte de Apelaciones de La Serena acogía el recurso de nulidad presentado por fiscalía y el abogado.

Había esperanza en que finalmente se lo condenara por femicidio, pero el día de ayer el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó veredicto condenatorio por porte ilegal de armas y no por el delito de femicidio, sentencia que se conocerá el próximo viernes 8 de abril.

«Los hechos antes descritos configuran un delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 letra b de la ley 17.798 sobre control de armas, en que el acusado tuvo participación de autor inmediato y directo», consigna el acta de deliberación.

La resolución agrega que «se desestimó la pretensión de los acusadores en orden a que en los hechos se configuraría un delito consumado de femicidio, en tanto que la prueba de cargo no resultó clara y contundente para acreditar que el enjuiciado actuó con la intención dolosa o el ánimo de terminar con la vida de su conviviente».

Desconcertante

Para el abogado querellante, David Oyanedel, sin duda «un fallo que está tremendamente lejos de lo que esperábamos, pues en este segundo juicio teníamos la sensación compartida con el fiscal de que esta vez sí se había logrado una solidez probatoria, quedando la versión del imputado desacreditada».

Agrega que «siempre insistimos en el femicidio y eso requería probar la intención dolosa del acusado, pero para los jueces resultó que no se pudo probar ese elemento».

A la luz del veredicto del tribunal, incluso hasta ayer sin haber leído la sentencia, el profesional afirmó que «intuyo que volvieron a visualizar lo que pasó en 27 de abril del 2020 como un hecho aislado, porque nosotros insistimos en que había que tener en consideración el contexto en que se da la muerte, pero eso no fue valorado. Y respecto del cuasidelito de homicidio, solamente un juez quiso condenar al acusado por ese tipo penal, mientras que las otras dos juezas no lo hicieron, y por eso el acusado fue condenado solamente por porte ilegal de armas».

Así que es un fallo «que no lo que esperábamos y tremendamente lejos de las sensaciones que había durante el proceso. Con el fiscal trabajamos en equipo y sinceramente creo que este juicio fue mucho más contundente probatoriamente que el anterior, ya que peritos señalaron que las probabilidades de que el arma se disparara sola eran prácticamente nulas. Pero pese a eso la sentencia se mantuvo, así que es desconcertante».

Infancia de agraz

Quienes lo conocieron, cuentan que la infancia de I.C.M fue más de agraz que de dulce. De hecho, visitó en varias oportunidades los centros de menores, pero lamentablemente su reinserción fue prácticamente imposible. Y como él, varios. Su historia está marcada por el abandono y la drogadicción. De pequeño al Sename. Como cientos.

Kimbelen Figueroa, presidenta y fundadora de Asoem (Asociación de emprendimiento de desarrollo social y laboral), conoció de cerca al imputado, puesto que fue uno de sus alumnos en el Servicio Nacional de Menores CIP-CRC, ya que por su profesión de psicopedagoga estaba encargada de la reinserción social y educativa, «pero trabajando desde la nivelación de estudios, no impartiendo clases ni materias, sino que trabajando con la metodología de aprendizajes para mejorar en la compresión lectora y en las habilidades socioemocionales», señaló.

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