Controlaría determina que recursos destinados a educación no fueron correctamente administrados por Corporación G.G.V.

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En su auditoría, el órgano contralor comprobó la existencia de giros y depósitos consignados en las cartolas bancarias de las cuentas corrientes de la Corporación Gabriel González Videla de La Serena correspondientes a educación, con traspasos desde y hacia otras cuentas que no obedecen a transacciones propias del objetivo, con lo son el Programa de Integración Escolar (PIE) y la Subvención Escolar Preferencial (SEP), además, se determinó que la corporación no tendría los controles necesarios para el manejo de los fondos de las cuentas corrientes exclusivas de educación. Los antecedentes fueron remitidos a la Fiscalía y al Consejo de Defensa del Estado.

Con el objetivo de determinar si las cuentas corrientes bancarias creadas por la Corporación Municipal de La Serena, con la finalidad de administrar los recursos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), la Contraloría realizó una auditoría para ver si presentan los saldos disponibles de acuerdo con los ingresos y gastos reflejados en el proceso de rendición de cuentas respectivo, sin que se haya considerado, en esta ocasión, la realización de un examen de cuentas sobre dichas partidas.

Además, se buscó verificar si se cuenta con procedimientos de control para velar por el debido resguardo de los recursos disponibles asociados tanto a la Subvención Escolar Preferencial (SEP) como al Programa de Integración Escolar (PIE), para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020.

En ese sentido, de acuerdo a Contraloría, se comprobó la existencia de giros y depósitos consignados en las cartolas bancarias de las cuentas corrientes de Educación SEP (cargos por $ 1.139.460.454 y abonos por $ 3.215,100.289); y en la cuenta Provisión SEP (cargos por $ 2.529.903.299 y abonos por $ 1.159.653.810), ello hacia y desde distintas cuentas corrientes de la corporación que no obedecen a transacciones propias de la naturaleza de la cuenta destinada a educación.

Lo que a juicio del ente contralor, «no se ajusta al artículo 33 bis, de la ley N° 20.248, que prescribe en su inciso primero que los municipios, corporaciones municipales u otras entidades creadas por ley que administren establecimientos educacionales que estén adscritos al régimen de subvención preferencial, deberán administrar los recursos que perciban por aplicación de esta ley en una cuenta corriente única para este solo efecto».
Así, la Contraloría dispone que los jefes de servicio y funcionarios respectivos, cuando corresponda, serán directamente responsables de la correcta administración de los fondos recibidos, gastados e invertidos en su unidad.

La Corporación deberá finalizar el análisis comprometido en su respuesta al preinforme y remitir los antecedentes que acrediten los movimientos observados, lo anterior a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo de 60 días.

Además, los recursos públicos que se entreguen a la Corporación municipal por parte del Ministerio de Educación deberán destinarse exclusivamente a financiar prestaciones que en cada caso se definan por las normas que rijan o los convenios que al efecto suscriba.
Por otro lado, se comprobó que la Corporación no posee controles para el manejo de fondos de las cuentas corrientes exclusivas de subvenciones SEP y PIE, por lo cual la entidad deberá efectuar el análisis de las disponibilidades que correspondan a las referidas subvenciones y aclarar la diferencia de $ 1.596.759.131.

Mientras que en la cuenta SEP se mantenía un saldo no acreditado a la Superintendencia de Educación, por $ 2.150.504.285, situación que no dio cumplimiento a lo establecido en el decreto supremo N° 469 de 2014 del Ministerio de Educación, que establece que se deben rendir y tener a disposición de la Superintendencia los documentos legales que respalden los ingresos y gastos declarados, así como los documentos que acrediten la disponibilidad de los saldos de las subvenciones declaradas.

Otro de los puntos que reflejó la auditoría es que se constató que las conciliaciones bancarias a la fecha de fiscalización (julio 2022), no estaban confeccionadas oportunamente por cuanto algunas se encontraban a diciembre de 2020 y otras a diciembre de 2021, estaban erróneamente elaboradas o no evidenciaban instancias de revisión.

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