Declaran culpable a reo que mató a otro interno en Huachalalume

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Daniel Heredia, luego de una pelea tras un partido de fútbol, hirió de muerte a Kevin Rojas. El incidente ocurrió en abril del año 2016 y la sentencia será redactada el miércoles 18 de abril
Tras las investigaciones respectivas, y luego de un juicio que duró dos días, finalmente los jueces de la Segunda Sala del Tribunal Oral en lo Penal de ciudad de La Serena, resolvieron declarar culpable a Daniel Heredia Peralta (3 años) como autor del delito de homicidio simple, en grado de consumado, en contra de Kevin Matías Rojas Donoso (21), hecho ocurrido el día 22 de abril de 2016 en el Centro Penitenciario Huachalalume de La Serena.
Ese día, pasadas las 14:00 horas, en el patio del recinto penitenciario, internos decidieron jugar un partido de fútbol. Todo bien, hasta que con el correr de los minutos comenzaron los roces. Roces que terminaron en una discusión y posterior pelea entre Heredia y Rojas. Tras la gresca, la que fue separada por los propios presos, según los testigos, entre ellos algunos funcionarios de gendarmería y un preso, que sentado en el estrado ante los magistrados, juró que «me encontraba en el módulo 14 presenciando un partido de fútbol cuando hubo un altercado. Luego vi que el fallecido (Kevin) le propinó unos golpes de puño a Daniel. Los jugadores fueron a separar la pelea y luego vi que el fallecido (Kevin) corre a su sector, lugar que todos los internos tienen que para vivir…» ¿Que hizo kevin?, interrumpió la fiscal. Y el interno respondió: «vi que pescó un palo y amarró una cuchilla. Daniel estaba en el medio de la cancha. Luego Kevin corrió hasta donde se encontraba Daniel, se acercó y le dijo que le iba a pegar, que saliera del módulo. Daniel se hace para atrás, le agarra el palo, en el forcejeo se lo quita y le tira para adelante con la misma lanza (se lo entierra). Luego la suelta y sale corriendo. Kevin lo sigue hacia el comedor y no vi más, porque luego los funcionarios ingresaron al comedor…»
La defensa del imputado pedía absolución por defensa propia, argumento que no fue tomado en cuenta por los magistrados, quienes señalaron que la «la declaración del acusado aparece carente de concordancia con la restante prueba e, incluso, con la testimonial rendida por su propia parte, las que evidencian contradicciones que le restan credibilidad, resultando su versión acomodaticia en orden a construir la causal de justificación de su acción homicida, sin que se haya logrado probar el elemento básico de la eximente de legítima defensa, la que exige el repeler una agresión ilegítima actual o inminente. Pues si bien es posible afirmar que el autor protagonizó una situación previa, no se acreditó que fuese la víctima quien se premunió del arma homicida yendo en búsqueda del acusado para agredirlo, por lo que su acción no puede ser entendida en un actuar defensivo en los términos exigidos por la ley, así como tampoco es posible entender que habría actuado exento de culpabilidad, dado que la defensa no ha señalado otras razones que no sean diversas precisamente, a la supuesta agresión ilegítima».
La sentencia será redactada por el juez Marco Flores Leyton, y su comunicación tendrá lugar en la audiencia del miércoles 18 de abril en curso, a las 15:30 horas, quedando en este acto citados todos los intervinientes.

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