Más de 550 mil personas mantienen deudas impagas por Crédito con Aval del Estado. El Fisco ya desembolsó más de cuatro billones para responder ante los bancos y comenzó una ofensiva de cobros que ya suma más de 1.500 embargos.

Por Javiera Escudero.

Una cifra que cuesta imaginar. La deuda acumulada por quienes no han pagado el Crédito con Aval del Estado (CAE) ya supera los $4 billones de pesos, según informó la Tesorería General de la República (TGR), monto que el Estado ha debido asumir frente a las entidades bancarias por más de 550 mil deudores morosos.

Para dimensionar el impacto, la cifra alcanza para construir cerca de 15 hospitales de alta complejidad como el nuevo Hospital de Coquimbo, cuya inversión bordea los US$284 millones. Incluso, después de financiar esos 15 recintos de salud, todavía quedarían alrededor de US$140 millones disponibles.

Pero mientras el monto sigue creciendo, la Tesorería endureció las acciones de cobro. Antes del 15 de junio ya se habían ejecutado más de 1.500 embargos, correspondientes a personas que mantenían deudas asociadas al CAE. Según la institución, la mayoría de las medidas han recaído sobre contribuyentes que declararon ingresos iguales o superiores a $3,5 millones mensuales en la Operación Renta del Año Tributario 2025.

Sin embargo, la medida ha generado controversia luego de que algunos afectados denunciaran públicamente que sus ingresos reales serían inferiores a los montos considerados por la autoridad.

¿Puede la Tesorería
embargar cuentas?

Para el doctor en Derecho y académico de la Universidad Católica del Norte, Gonzalo Cortés Moreno, existe actualmente un debate jurídico respecto de las facultades que tiene la Tesorería para ejecutar directamente estos cobros.

«Hay una discusión respecto de si la Tesorería General de la República puede por sí misma iniciar estos procedimientos de cobro o si debiera actuar ante los tribunales civiles para obtener estas medidas», explicó.

Según el académico, si se considera que la Tesorería tiene competencia para realizar estos procedimientos especiales de cobro, los embargos serían plenamente válidos. Sin embargo, si se estima que estas acciones deben tramitarse necesariamente ante tribunales civiles, podrían surgir cuestionamientos respecto de algunas de las medidas adoptadas.

No todos los
casos son iguales

Cortés también aclaró que, en principio, los fondos depositados en cuentas bancarias pueden ser embargados, aunque existen algunas limitaciones específicas.

«Las cuentas de ahorro del BancoEstado tienen una protección especial establecida por ley que obliga a mantener un monto mínimo disponible para el titular», detalló.

Por ello, advirtió que no existe una estrategia única para enfrentar estos procesos. «No hay una sola fórmula. Cada caso es diferente y la estrategia dependerá de las circunstancias particulares de cada persona», señaló.

El especialista indicó que algunos afectados podrían optar por cuestionar judicialmente las medidas, mientras que otros podrían encontrar una solución más rápida mediante convenios de pago.

Convenios para
frenar embargos

Una de las principales recomendaciones del académico es acercarse a la Tesorería para evaluar acuerdos de pago cuando exista capacidad económica para ello.

«Cuando una persona suscribe un convenio de pago, las acciones de cobro quedan suspendidas. Eso permite detener embargos y otras medidas mientras se cumple con el acuerdo», explicó.

Respecto de quienes buscan recuperar fondos ya retenidos o detener nuevas acciones de cobro, el abogado insistió en que la clave está en analizar cada situación de forma individual.