Después de la compra de un vehículo usado multas deben ser pagadas por el antiguo dueño

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Un oficio enviado por el diputado de la UDI, Juan Manuel Fuenzalida, a la Contraloría General de la República para hacer cumplir la Ley 20.795 que establece que el comprador de un vehículo usado debe contar con el oportuno conocimiento de la existencia de multas impagas asociadas al vehículo que pretende adquirir.
Esto, explicó el parlamentario gremialista, porque «la ley es clara y categórica, una vez adquirido un vehículo sin multas, éstas no pueden ser cobradas por el Municipio al nuevo dueño, ya que al momento de la transferencia no aparecían el registro de multas de vehículos motorizados».
«La ley 20.795 establece que el comprador de un vehículo usado debe contar con el oportuno conocimiento de la existencia de multas impagas asociadas al vehículo que pretende adquirir y esto en la realidad no se da así», planteó el diputado UDI.
En esa línea, Juan Manuel Fuenzalida indicó que «esta ley hoy no es aplicada en la realidad, ya que si al momento de comprar un auto no aparecen multas impagas asociadas al vehículo adquirido y éstas aparecen después, la Municipalidad hace responsable al nuevo dueño, desconociendo el mandato legal, en que el responsable de éstas es el antiguo propietario».
Esta ley, recordó el legislador, busca proteger al actual propietario del vehículo, que al momento de la compra no aparecía ninguna multa o infracción, pero al renovar el permiso de circulación las Municipalidades le hacen exigible a éste hacerse cargo del pago de la deuda contraída por el antiguo dueño.