Querellantes acusan una «intención dilatoria» en extensión de juicio de Romario Veloz

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A dos años y ocho meses del asesinato de Romario Veloz en el contexto del estallido social, hubo desazón en las víctimas. En la madre del joven ecuatoriano, Mery, que por vía Zoom lamentaba los hechos, como también en Rolando Robledo y César Véliz, heridos de gravedad esa misma jornada.

Esto, porque ayer en el inicio preparatorio del juicio oral, el Juzgado de Garantía de La Serena accedió a la solicitud de la defensa del capitán Faúndez, que a la fecha se encuentra en prisión preventiva, en orden a examinar por un perito balístico los fusiles ofrecidos como «otros medios y evidencia material» de la acusación fiscal y reprogramar la preparación para el 18 de julio.

Adriana Rojas, abogada de la familia de Veloz y que encabeza la querella en contra del oficial de Ejército imputado por los delitos de homicidio simple, homicidio frustrado y violencia innecesaria con resultado de lesiones graves, cree que lo de ayer fue «una intención dilatoria de parte de la defensa», primero porque «es una solicitud que se realiza fuera de la investigación, que ya se cerró», y segundo, «porque ellos presionaron en varias oportunidades para que se cerrara la investigación».

Molesta por la determinación, afirma que «ellos esperaban el cierre de este proceso investigativo para realizar esta solicitud de pericias, porque pudieron haberlo hecho en la etapa de investigación pero no lo hicieron. Y más allá de que la ley permita esta situación, llegamos a esta dilación con una intención, y es complejo, ya que las víctimas llevan mucho tiempo esperando».

Agrega que lo que se pretende con esta reprogramación «es periciar el armamento que ya fue periciado anteriormente por la Policía de Investigaciones, entonces estos elementos de prueba ya están vertidos en la causa y no aportan nada nuevo, salvo dilatar el proceso».

Si bien la reprogramación de la audiencia puede incidir en un retraso del procedimiento, a juicio del magistrado Edgardo Pinto «esta circunstancia no significa que este vaya a quedar abandonado, o que tanto el Ministerio Público o este tribunal renuncien a su obligación de ejercer en ese caso acción penal y proceder al juzgamiento conforme a la ley. En tal sentido, cabe destacar que no se configura a juicio del tribunal la hipótesis de dilación o entorpecimiento del proceso».

Vía Zoom, Mery escuchaba con atención y en el momento se enteró de lo que estaba ocurriendo, así que «hablamos por teléfono y es la eterna espera por justicia, pues ha tenido que aguantar el no poder tener justicia para su hijo, la que está pidiendo hace casi tres años», cuenta la profesional.

De todas maneras, Rojas advierte que «debemos resguardar que el proceso se lleve de manera adecuada, porque cuando se dilatan las audiencias, y además el Ministerio Público está de acuerdo con esta posición, nos genera una alerta y esperamos que no vaya en la línea de lo que pasó con el caso de Kevin Gómez, que no exista ese nivel de impunidad».

Opinan desde el INDH

Desde el INDH, su jefa regional Tarcila Piña comentó que el Instituto Nacional de Derechos Humanos «se opuso al impedimento de la defensa, considerando que la solicitud de realizar una nueva diligencia de investigación a estas alturas no corresponde, porque la investigación se encuentra cerrada, con acusaciones ya presentadas, por lo que el derecho de la defensa de solicitar diligencias de investigación se encuentra precluido en esta etapa de investigación».

Todo esto, cuando la propia defensa ya referida, «instó hace meses al cierre de la investigación».

Por esta razón, como INDH, considera «lamentable la decisión del juez de garantía, toda vez que estamos a más de dos años y ocho meses de los hechos acontecidos, con una investigación cerrada, no teniendo el juez causa legal para haber pospuesto la audiencia preparatoria de juicio oral para el mes de julio».

Por otro lado, encuentran «preocupante la postura del ente persecutor el día de hoy (ayer), por cuanto a nuestro juicio se allana a una actuación completamente fuera de normativa del proceso penal».

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