Colegio Médico valora inclusión de observaciones en nueva Ley de Fármacos recientemente aprobada

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1     Este martes 7 de enero fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, luego de 5 años de tramitación, la Ley que modifica el código sanitario en materia de farmacias y remedios, más conocida como Ley de Fármacos, la que luego de ser despachada quedará lista para ser promulgada.

            Entre los actores que participaron en la conformación de esta ley estuvo el Colegio Médico de Chile, quien tuvo una incidencia decisiva en varios puntos de ésta. A este respecto, el presidente regional del gremio, doctor Jaime Bastidas, señaló que «entre las indicaciones introducidas por el Colegio Médico es que en la receta que va a recibir el paciente va a tener que ir indicado el fármaco de marca utilizado comúnmente, acompañado del genérico respectivo. Para tal fin y con el objetivo de ayudar a la población, en la página web del gremio (www.colegiomedico.cl) existe un listado de medicamentos genéricos bioequivalentes aprobados hasta el momento, el cual es permanentemente actualizado».

VENTAJAS

            Cabe destacar que La Ley Nacional de Fármacos, entre otras atribuciones, le entrega mayores atribuciones a la Cenabast para importar medicamentos en caso que no estén en el mercado local, urgencia, o inaccesibilidad del fármaco, pudiendo, incluso, solicitar el registro provisional en el ISP para los fines correspondientes. Para tal fin, en el último tiempo ha habido reuniones con las principales agencias reguladoras de fármacos de Hispanoamérica y laboratorios nacionales de países como México, Brasil y Colombia.

            Asimismo, permite la intercambiabilidad del producto; obliga a las farmacias a tener disponibles todos los medicamentos bioequivalentes aprobados por el Instituto de Salud Pública; permite el fraccionamiento o la venta de dosis unitaria; autoriza las farmacias móviles o los almacenes farmacéuticos; regula a aquellos alimentos especiales que son utilizados en el tratamiento de algunas patologías y que antes no tenían una supervisión clara, facultad que queda radicada en el Instituto de Salud Pública; y amplía el universo de productos que este organismo puede fiscalizar en materia de insumos de uso médico como marcapasos, prótesis ortopédicas, entre otros.

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