Convivientes civiles podrán ser carga legal en Fonasa e Isapres

0
64

7b

A partir del 22 de octubre, todas las personas que hayan suscrito el acuerdo de unión civil (AUC) podrán tener como cargas de salud a sus convivientes civiles, tanto en el sistema público, el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), como en el sistema privado, las instituciones de salud previsional (Isapres).
Mediante un instructivo emitido por el gobierno en septiembre, sera posible incorporar al conviviente civil como carga legal en Isapre, en cuyo caso ésta se encuentra obligada a aceptar, a diferencia de la norma anterior, en la cual el conviviente debe hacer aceptación formal del beneficio. En el caso de Fonasa, la incorporación del conviviente civil será automática, una vez que se acrediten los requisitos; hasta hoy, el sistema público no permitía en ningún caso la incorporación de un conviviente.
Por otro lado, el conviviente civil al cual se pretenda incorporar como carga de salud podrá ser mujer u hombre, sin discriminar si se trata de parejas heterosexuales u homosexuales, ni exigir condición de invalidez para acceder al beneficio.
La agente regional de la Superintendencia de Salud, Viviana Novoa, planteó que “en la medida que el acuerdo de unión civil fortalece la relación de las parejas, queremos tener efectuados todos los trámites y gestiones que avancen en la protección en salud para quienes lo suscriban”.
En ese sentido, el instructivo ordena a todas las aseguradoras a que en sus páginas web y oficinas de atención informen a sus cotizantes y beneficiarios sobre los alcances de esta normativa. “No podemos tratar esto como una simple evolución administrativa. Nos parece que es relevante e importante compartirlo y difundirlo”, señaló Novoa, agregando que la Superintendencia de Salud tiene disponibles variados canales de atención para informar o presentar reclamos, en caso que hubiera dificultades de implementación de este instructivo.
Para la formulación de consultas o reclamos, la institución dispone de modalidad en línea, a través de la página web www.superdesalud.gob.cl, o presencial, en sus dependencias ubicadas en Cordovez 588, oficina 310, La Serena.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingresa tu comentario!
Por favor ingresa tu nombre